CONCESION PARA LA OPERACION EN FORMA EXCLUSIVA DEL JUEGO DE CHANCE EN EL DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES; PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA ISLA
Proyecto de pliegos: la fecha prevista de recepción de ofertas (6 de diciembre de 2024) ya pasó.
Ver el proceso en la fuente oficial
La versión oficial y vinculante del proceso es la publicada por la entidad en SECOP II.
Datos del proceso
- Estado
- En evaluación
- Estado en SECOP II
- Evaluación
- Fase (según SECOP II)
- Presentación de observaciones
- Fecha de recepción de ofertas
- 6 de diciembre de 2024
- Identificador del proceso
- CO1.REQ.7152814
- Referencia de la entidad
- LP-SGE-0014-2024
- Entidad contratante
- GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA
- Departamento
- San Andrés, Providencia y Santa Catalina
- Categoría
- Gestión de Juego y sistemas de apuestas en red (V1.48121302)
- Modalidad de contratación
- Licitación pública
- Tipo de contrato
- Concesión
- Valor estimado
- $ 7.014.713.880 COP
- Duración
- 5 Año(s)
- Fecha de publicación
- 12 de noviembre de 2024
- Última publicación
- 12 de noviembre de 2024
Datos de SECOP II sincronizados el 12 de septiembre de 2026.
Avisos por correo, cada martes
Le enviaremos:
Nuevas licitaciones en San Andrés, Providencia y Santa Catalina (Colombia), cada martes.
Esta categoría no se puede seguir por separado; el aviso cubre San Andrés, Providencia y Santa Catalina (Colombia).
Le escribimos una sola vez para que confirme la suscripción. Sin confirmación no enviamos nada y borramos su dirección a los 7 días. Privacidad
Descripción
OTORGAR A UNA PERSONA JURIDICA, LA CONCESIÓN PARA LA OPERACIÓN EN FORMA EXCLUSIVA DEL JUEGO DE CHANCE EN EL DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA ISLA, , POR EL TÉRMINO DE CINCO (5) AÑOS, CONTADOS A PARTIR DEL PRIMERO (1o) DE ENERO DE 2025 HASTA EL TREINTA Y UNO (31) DE DICIEMBRE DE 2029, PRORROGABLE POR 5 AÑOS MÁS CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 22 DE LA LEY 643 DEL 2021 Y CON LAS CONDICIONES ESTABLESIDAS EN EL PLIEGO DE CONDICIONES, LEY 643 DE 2001.